Lacomisión de Asuntos Municipales, Descentralización y Fortalecimiento InstitucionaldelSenado bonaerenseque preside el legisladorDavid Hirtzno sólo dejó en estudio la semana pasada varios proyectos vinculados a laautonomía municipal,sino que también le dio prioridad a una iniciativa presentada por los radicales Agustín Máspoli y Alejandro Celilloque introduce cambios a laley de nocturnidad.
La reforma a laley de nocturnidadque impulsan lossenadores de la UCRbusca otorgarles la potestad a los135 intendentes de la provincia de Buenos Aires de fijarlos horarios de funcionamiento delocales bailables, discotecas, clubes y sus variantes, según informa el portal DiputadosBsAs.
En concreto, la iniciativa de los legisladores de laUnión Cívica Radical(UCR) pretende modificar laley 14.050de la provincia de Buenos Aires, la cual regula los horarios de losestablecimientos de actividad nocturnaen territorio bonaerense y losmontos de las multaspor incumplimientos con el fin de que se actualicen de manera automática.
“Estamos solicitando que sean los municipios los encargados de organizar y ordenar la actividad nocturna porque entendemos que cada distrito tiene sus características y complejidades específicas”, manifestó el senador de la Cuarta Sección,Máspoli.
El proyecto de reforma de laley de nocturnidadque presentaron los radicalesMáspoliyCelillointroduce un conjunto de modificaciones a la normativa vigente en laprovincia de Buenos Aires.
En primer lugar, modifica el artículo 3 de la Ley 14.050 al dejar establecido que “es atribución de los Municipios, a través de sus respectivos Concejos Deliberantes, fijar el horario en que funcionaran los establecimientos comprendidos en los artículos 1° y 2° de la presente Ley” y, al mismo tiempo, deroga el artículo 17 de la misma.
Elsegundo cambio sustancialque propone elproyecto radicales modificar los artículos 10, 11 y 12 de la norma en los que se establecen las multas para los comercios o empresarios que incumplan con la ley provincial.
“En la actualidad los valores que se estipulan no prevén mecanismos de actualización, y son sumas irrisorias, desactualizadas, lo cual hace que no genere el efecto que persigue la sanción ante la infracción de una norma.
De esta manera los locales bailables, confiterías bailables, discotecas, discos, salones de bailes, clubes y demás locales bailables o similares, que incumplan lo estipulado en la Ley 14.050, tendrán una sanción más rigurosa que permita mayor control y prevención de las actividades nocturnas”, fundamentan loslegisladores de Juntos.