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miércoles, mayo 1, 2024

Condenaron a un hipermercado de La Costa por un accidente con un carrito de compras

La Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó una condena por daños y perjuicios entablada por un hombre contra un hipermercado por una lesión sufrida cuando otro cliente lo embistió con un carrito de compras que tenía una punta afilada en su parte delantera en la sucursal de Coto Mar del Tuyú en enero de 2017.
En el caso se debatió que el hecho fue ocasionado por un changuito empujado por un tercero, por quien, según el hipermercado, no debe responder.
Pero en la demanda consignó que los carritos de compras del hipermercado aludido poseen planchuelas con punta metálica afilada en la parte baja delantera, que provocó la herida cortopunzante.
Además, se dejó constancia de que la víctima fue atendida en el hospital de Santa Teresita y que, debido a las lesiones en su talón, tuvo que dejar de lado sus vacaciones.
El juez de primera instancia otorgó la suma de 1,5 millón de pesos al demandante por incapacidad sobreviniente (daño físico, daño psicológico y su tratamiento) y consecuencias no patrimoniales, pero la cámara consideró elevado el monto y lo redujo a 500 mil pesos.
También se redujo la suma por las consecuencias no patrimoniales de 750.000 pesos a 270.000 pesos, todo más los intereses y costas del juicio a cargo de la cadena de hipermercados.

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