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viernes, abril 19, 2024

Es oficial las nuevas aperturas a partir del 1° de octubre: las medidas una por una

El Gobierno nacional emitió hoy un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que establece cuáles serán las flexibilizares de las restricciones Covid y nuevas medidas sanitarias que regirán desde este viernes hasta el próximo 31 de diciembre de 2021, inclusive.

La normativa regula las actividades de mayor riesgo epidemiológico que se liberan desde hoy.

Según el DNU 678, “sigue vigente la necesidad de mantener distancia social (de al menos dos metros entre las personas) y el uso de tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos, pero ya no será necesario cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas”.

Asimismo, pese a regir las nuevas medidas sanitarias para reducir la circulación del coronavirus continúa siendo necesario ventilar los ambientes en forma constante e higienizarse las manos frecuentemente, como medidas de cuidado básicas para evitar la propagación de la enfermedad.

“Todas las actividades deberán realizarse según los protocolos de las autoridades sanitarias nacional, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, establece el DNU, y aclara que “ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de ‘caso confirmado’, ‘caso sospechoso’ o ‘contacto estrecho’ de COVID-19”.

La resolución establece además la realización de actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario pero con “ciertas condiciones”, como la “autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia” y el “test de antígeno negativo”, entre otras.

Además, los Gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán establecer medidas sanitarias temporarias y focalizadas adicionales con la finalidad de contener los contagios por coronavirus, en caso de que se produzcan brotes y se disparen.

Las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales deberán realizarse cumpliendo un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En ese sentido, los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras, como ocurrió durante toda la pandemia de coronavirus.

Estas son las nuevas medidas de apertura y sanitarias:

  • Uso de tapabocas o barbijos: Las personas deberán utilizar tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos. No será obligatorio su uso solo cuando se circule al aire libre a más de DOS (2) metros de distancia de otras personas.
  • Boliches: los jóvenes que cuenten con el esquema de vacunación Covid completo podrán regresar a las discotecas, que estarán habilitadas para funcionar nuevamente con un aforo máximo del 50%, uso del barbijo y protocolos sanitarios.
  • Salones de fiestas: alternativamente al esquema de vacunación, las autoridades del local podrán solicitar un test diagnóstico negativo realizado con una antelación no mayor a 48 horas.
  • Eventos masivos de más 1.000 personas: en espacios cerrados también podrán utilizar, como máximo, el 50% de la capacidad autorizada y deberán requerir el esquema de vacunación completo o al menos una dosis de vacuna más test diagnóstico negativo. En cambio, si se realiza al aire libre, deberán pedirles a las personas mayores 18 años que cuenten con al menos una dosis de vacuna aplicada.
  • Viajes grupales de jubilados, egresados o de estudiantes: deberán contar con autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia. Asimismo, todas las personas integrantes del contingente deberán contar con un test de antígeno negativo al embarcar y al regreso deberán someterse a otro similar antes del abordaje del transporte. En caso de resultar positivo alguno de estas pruebas, se coordinará con las autoridades locales para el aislamiento de los infectados y sus contactos estrechos.
  • Presencialidad empleados públicos: se establece la presencialidad en el trabajo para los empleados de todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la Administración Pública Nacional.
  • Prohibición de ingreso a la Argentina: se mantiene hasta el 31 de octubre excepto para los viajeros de países limítrofes, que ya pueden hacer turismo en la Argentina, “siempre que cumplan con las indicaciones, recomendaciones y requisitos sanitarios y migratorios para el ingreso y permanencia en el país”.
  • Liberación de fronterasa partir del próximo 1° de noviembre se restablecerá el ingreso al territorio nacional de los extranjeros del resto del mundo, siempre que cumplan con los requisitos ya mencionados.

 

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