La norma alivia la carga de quienes al convertirse en autónomos acumulan deudas fiscales.
El Gobierno reglamentó la ley que reforma el Régimen de Monotributo, que dispone actualizar los topes de cada categoría y crea un puente para el ingreso de los contribuyentes al Régimen General.
La ley aprobada a comienzos de abril reformó el monotributo para ofrecer un conjunto de beneficios fiscales a quienes son excluidos del régimen. La norma alivia la carga de quienes al convertirse en autónomos acumulan deudas fiscales muy difíciles de afrontar. Los cambios estimulan el paso voluntario al régimen general.
Para los casos de monotributistas cuya facturación supere el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantener su actual condición durante el período fiscal 2021.
Entonces, por ejemplo, si un monotributista que presta servicios y se encuentra registrado en la categoría H durante el 2020 superó el límite de facturación en un 20% quedaría excluido del monotributo. Pero como no superó el tope de 25% establecido en la ley tiene la opción de permanecer en el monotributista.
Para seguir siendo monotributista deberá abonar alrededor de $ 70.000 en concepto de impuesto integrado y aporte a la seguridad social. Si hubiese sido excluido del monotributo, y en el caso en el que no tuviera facturas de compras, le correspondería ingresar más de $ 940.000 en concepto de IVA y Ganancias. Por lo tanto, la nueva ley permite un “el ahorro fiscal de $ 870 mil”.
El proyecto, además, crea un “puente” que permite a los monotributistas que se conviertan en autónomos experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria con relación al monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos. “La reforma ofrece reducciones del IVA y Ganancias por tres años para los contribuyentes que cambien de régimen”, indicaron desde la AFIP.
Los contribuyentes que se conviertan en autónomos de manera voluntaria tendrán un beneficio adicional que consiste en una reducción del saldo deudor en el IVA que será: del 50% el posterior al pase de régimen, del 30% el siguiente y de 10% el siguiente.
Así, el contribuyente que pasa voluntariamente tiene 4 años de beneficio: el 1ro puede utilizar las compras de los 12 meses previos; el 2do el 50% de IVA; el 3ro el 30% de IVA y el 4to el 10% de IVA.
A su vez se establece un régimen permanente que permite al que pasa del monotributo al Régimen General a utilizar como crédito fiscal los originados en las compras realizadas en los 12 meses anteriores al momento en el cual suceda dicho pase.
Cambios en tres pasos
- Alivia la carga de los contribuyentes que son excluidos del Régimen Simplificado (monotributo), ya que al pasar al Régimen General (autónomos) suelen acumulan deudas fiscales muy difíciles de afrontar.
- Genera un “puente” entre monotributo y autónomos. Ofrece beneficios fiscales por tres años para quienes deciden pasar voluntariamente al régimen general (reducción proporcional del IVA y de Ganancias).
- Resuelve el problema transitorio de actualización de las escalas del monotributo durante 2021, como consecuencia de la suspensión del índice de movilidad previsional. Para eso, la AFIP realizará la recategorización de oficio de todos los monotributistas para ubicarlos en la escala que corresponda a cada uno.
Lo más destacados del “puente” entre monotributista y autónomo
- Suspendió durante el 2020 las exclusiones del monotributo que no sean por el monto de Ingresos Brutos (facturación), tales como monto de alquiler, consumo de energía, etc.
- Cuando el contribuyente se excedió en la facturación en hasta un 25% (inclusive), tiene la opción de quedarse en el monotributo, pagando un recargo y pasando a la categoría máxima de su actividad (H si es servicios y K si es venta de cosas muebles).
- Si facturó más de 25% pasa a autónomos pero se presumen gastos para reducir la carga tributaria del período entre que se originó la causal de exclusión y la actualidad, con el objetivo de reducir la obligación.
- Si el contribuyente se pasó voluntariamente al Régimen General y facturó hasta un 25% más que el tope, puede volver a ser monotributista, premiando al contribuyente cumplidor.
Categorías Monotributo 2021
Categoría A: el monto facturado anual mínimo es hoy de $ 208.000 y se eleva a $ 283.000. Y el monto mensual a pagar pasa de $ 1.955,68 a $ 2.646,04 tanto para los que se dediquen a los servicios como a la venta de bienes.
Categoría B: el tope sube de $ 313.108,89 a $ 423.636,30 y las cuotas pasan de $ 2.186,80 a $ 2.958,74 para servicios y bienes.
Categoría C: el techo de facturación pasa de $ 417.478,51 a $ 564.848,42 y las cuotas suben de $ 2.499,91 a $ 3.382,38 para servicios y de $ 2.457,65 a $ 3.325,20 para bienes.
Categoría D: la facturación máxima en esta categoría era de $ 626.217,78 y ahora subirá a $ 847.272,66, en tanto que las cuotas para servicios que eran de $ 3.988,56 pasan a $ 3.894,43 para servicios y bienes.
Categoría E: el límite máximo de ventas se eleva de $ 834.957 a $ 1.129.696,82 y las cuotas suben de $ 3.872,18 a $ 5.239,06 en servicios y de $ 3.482,04 a $ 4.711,20 en bienes escalas-monotributo-2021 Categoría F: el máximo para pertenecer a esta categoría era de $ 1.043.696,27 y ahora pasará a $ 1.412.121,05, con cuotas que suben de $ 4.634,89 a $ 6.271,01 en servicios y de $ 4.003,69 a $ 5.416,99 en bienes.
Categoría G: el tope de ventas sube de $ 1.252.435,53 a $1.694.545,27 y las cuotas se incrementan de $ 5.406,02 a $ 7.314,35 en servicios y de $ 4.558,61 a $ 6.167,80 en bienes.
Categoría H: la categoría más alta para servicios pasa de un tope de $ 1.739.493,79 a $ 2.353.535,10, mientras que el total a pagar por el contribuyente aumenta de $ 9.451,93 a $ 12.788.46 en el rubro servicios y de $ 7.886,41 a $ 10.670,31 en bienes muebles.
Categoría I: que solo es para bienes sube de $ 2.043.905,21 a $ 2.765.403,75 y las cuotas, de $ 11.336,71 a $ 15.338,57.
Categoría J: el máximo pasa de $ 2.348.316,62 a $ 3.177.272,39 y la cuota mensual se incrementará de $ 13.019,83 a $ 17.615,83.
Categoría K: la más alta de todos, que es para bienes, tenía un tope de $ 2.609.240,69 que ahora sube a $ 3.530.302,65, y la cuota mensual total que hoy es de $ 14.716,41 se irá a $ 19.911,30.
Hasta ahora seguían rigiendo las tablas de 2020, y los monotributistas tuvieron en enero que recategorizarse con esos valores “viejos”. Ahora deberán volver a cambiar en la nueva recategorización.